Micelio
Auto18 de octubre de 2023

A- de 2023

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante Delgado Gil Adiela Del Socorro·Demandado Municipio De Vegachi Y Otro

Tema · dato duro
Demanda De Prescripción Adquisitiva De Dominio Presentada Por Particulares En Contra De Entidades Públicas.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil
  • Demandas de prescripción adquisitiva de dominio presentadas por particulares en contra de entidades públicas
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Promiscuo Municipal de Vegachí (Antioquia) y el Juzgado Cuarto Administrativo Oral de Medellín.

La causa de la controversia se origina en demanda de declaración de pertenencia por prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio presentada por una ciudadana, en contra de una ciudadana, el Municipio de Vegachí (Antioquia) y personas indeterminadas, con el propósito de que, entre otras cosas, se declare el dominio pleno y absoluto sobre un predio rural a favor de la demandante.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena decide con base en la regla según la cual, la jurisdicción ordinaria, en su especialidad civil, es competente para conocer de las demandas de prescripción adquisitiva de dominio presentadas por particulares en contra de entidades públicas.

Lo anterior, porque (i) dicho proceso no está previsto en el artículo 104 del CPACA, que establece los asuntos en los que son de competencia de la jurisdicción de lo contencioso administrativa; (ii) los códigos Civil y General del Proceso regulan lo referente a la prescripción adquisitiva de dominio, incluso sobre bienes públicos, y el procedimiento relacionado con dicha forma de adquirir el dominio, y (iii) por la aplicación de la regla general o residual de competencia prevista en el artículo 15 del Código General del Proceso.

Por consiguiente, la Corte resuelve remitir el expediente al Juzgado Promiscuo Municipal de Vegachí (Antioquia), para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado Cuarto Administrativo Oral de Medellín.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Promiscuo Municipal de Vegachí (Antioquia) y el Juzgado
  2. Cuarto. Administrativo Oral de Medellín, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado Promiscuo Municipal de Vegachí (Antioquia) es la autoridad competente para conocer la demanda de declaración de pertenencia por prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio en contra de Deicy Ramírez Carvajal, el Municipio de Vegachí (Antioquia) y personas indeterminadas.
  3. Segundo. REMITIR el expediente CJU-4362 al Juzgado Promiscuo Municipal de Vegachí (Antioquia), para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado
  4. Cuarto. Administrativo Oral de Medellín.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.